Carlos Correa, Comunicador y Emprendedor Social. Prof. Universitario. Defensor de los DDHH y Director de la ONG Espacio Público, comentó para www.superestereo981.com a cerca de las últimas decisiones tomadas por el gobierno del Presidente Nicolás Maduro, con respecto a la libertad de prensa y la libertad de expresión en Venezuela.
Espacio Público a través de su Director, comentó la gravedad de las acciones en contra de los medios de comunicación del país, actuando contra lo establecido en la Carta Magna de 1999 y que se adjudique facultades legislativas propias de la Asamblea Nacional, en específico la pretendida creación de una Ley contra el Odio cuyo proyecto, además, no se encuentra públicamente disponible para su discusión por parte de la sociedad en general.
El artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) establece que “toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley”.
Sin embargo, esta disposición debe interpretarse de forma ajustada a los derechos humanos, es decir, cumplir con estrictas categorías que respondan a una evaluación objetiva, contextualizada, con hechos claros y evidentes que permitan determinarlo, sin presunciones o generalidades.
De acuerdo con estándares del Sistema Universal de Derechos Humanos, para que un discurso se catalogue como apología de odio, es importante que se haga un estricto análisis de varios elementos. El más importante es la intención que tenga el transmisor del mensaje y su real alcance.
Las sanciones de privación de libertad deben restringirse exclusivamente para aquellos discursos con una probabilidad inminente, expresa, directa y comprobada de causar actos de violencia. Otro tipo de discursos deben someterse a sanciones de menor categoría, para la activación del cierre de 49 medios de comunicación, que han sido cerrados en el país en lo que va de 2017 sumando la salida del aire de las emisoras privadas 92.9 fm y Mágica 99.1 fm de los casi cincuenta, 46 son emisoras y tres son canales de televisión.
Medidas condenadas además por el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y la ONG Espacio Público, han sido consideradas por parte de las organizaciones como “arbitraria”, “ilegal” y “violatoria de los derechos humanos”.
La pretensión de una regulación en la materia constituye un grave síntoma dado el contexto de represalia contra sectores disidentes, lo que empeora al pretender ser sancionado por una figura inconstitucional que busca usurpar funciones legislativas. Contemplar penas privativas de libertad de hasta 25 años revela no solo la desproporción sino el carácter arbitrario, irreflexivo y vengativo contra sectores que han sido criminalizados en su totalidad y reprimidos duramente por protestar contra el gobierno en los últimos meses.
6 years, 7 months ago por CodigoNoticia - 12 plays
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